8 Causas de Retención de la Pensión del Bienestar para el adulto mayor

Si ya cuentas con la pensión del bienestar para adultos mayores, es indispensable que sepas esta información, ya que existen 8 razones por las cuales te pueden retener el pago de tu pensión.

Y de esto te vamos hablar en la publicación de hoy, para que sepas como evitar que retengan tus pagos, y en caso de que esto suceda, te vamos a decir que hacer para que te la devuelvan.

En principio te debemos de informar cual es el documento donde se señalan estos 8 supuestos de retención?

Estos se encuentran en las reglas operativas de la pensión del bienestar para los adultos mayores vigentes, publicadas en el mes de diciembre del 2020 en el Diario Oficial de la federación, donde se establecen 3 tipos consecuencias importantes por incumplimientos de los pensionados, la retención, la suspensión e incluso la baja de programa.

Así que no es una cuestión arbitraria, sino que se encuentran debidamente establecidas en un documento legal, en el que se señalan los supuestos en los que la Secretaria del Bienestar pueda determinar como primer nivel de sanción la retención de pagos.

Eso si, si quieres revisar a detalle las reglas de operación te dejamos en la descripción del video la liga a las reglas de operación vigentes.

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Razones por las que retienen el pago del la pensión del bienestar para los adultos mayores

Así que a continuación podrás descubrir cuales son las 9 razones por las que te pueden retener el pago de tu pensión:

1- Inconsistencias en los datos personales del pensionado o del adulto auxiliar registrado

Esta razón se refiere a que ante la revisión de los datos de los pensionados se identifiquen inconsistencias y/o información incorrecta en los datos personales, de domicilio y/o documentación entregada por la persona derecho habiente o de la persona adulta auxiliar para ingresar a la Pensión.

Por eso es muy importante que cuando se haga la solicitud se proporcionen los datos correctos y acordes a lo establecido en los sustentos documentales como son tu ine, curp, acta de nacimiento y comprobante de domicilio, por eso si anotas algo distinto a lo contenido en tus documentos te expones a una posterior retención de pagos

2- Cuando los pensionados a quienes se les paga por operativos de pago no se presenten a recibir los apoyos por 2 bimestres consecutivos

Otra razón para la retención de los pagos se genera a partir de que las personas derecho habientes incluidas en el esquema de Entrega de Apoyos en Efectivo, o la persona adulta auxiliar no se presenten a recibir los apoyos económicos hasta en dos bimestres consecutivos, con excepción de aquellos bimestres en los que se emitan pagos anticipados.

Asi que si no vas por dos periodos seguidos de pago, te suspenderán el pago a partir del pago siguiente.

Para evitarlo esta atento a los avisos y fechas en los que se realicen los operativos de pago y presentate; recuerda que si no puedes acudir personalmente, puede acudir el adulto auxiliar que registraste para hacer esta gestión.

3- Por duplicidad comprobada de datos personales del pensionado

También te pueden retener el pago, cuando se detecte una duplicidad comprobada de datos personales de la persona derecho habiente, en estos casos se solicitará a la Delegación la compulsa de datos en sitio para la verificación y validación de datos.

Con esta causal se pretende evitar el empadronamiento duplicado.

4- Por alteración o falsificación del documento de medio de cobro

En los casos en que se entrega a los pensionados una orden de pago y cuando se detecte alguna alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derecho habiente; será motivo también para la retención de los pagos siguientes.

Con esto se pretende prevenir la alteración o falsificación de los documentos de cobro.

5- Cuando el CURP del pensionado aparezca en la base de fallecidos

Una razón más ante la que se retengan los pagos, ocurrirá cuando la persona derecho habiente aparezca en el Registro Nacional de Población con CURP en situación de defunción.

Posterior a lo cual la secretaria del bienestar solicitará a la Delegación la compulsa de datos en sitio para la verificación y validación del fallecimiento del pensionado.

6- Cuando se realicen 2 visitas consecutivas al domicilio del pensionado y no se le localice

Cuando se realice la compulsa de datos en sitio por las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas de la Secretaría de Bienestar, hasta en dos ocasiones consecutivas y no sea localizada la persona derecho habiente o su adulto auxiliar en días y horarios diferentes, será razón para retención del pago de la pensión.

Y Ahora, antes de continuar con el punto número 7, te invitamos a suscribirte al canal para que no te pierdas, entre otra información las fechas de pago de tu pensión del bienestar.

7- Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos.

Cuando se confirme la realización de cobros simultáneos o indebidos. se retendrá el pago por el número de bimestres en que se realizaron dichos cobros, al registro más reciente.

8- Cuando la Instancia Ejecutora detecte incumplimiento en lo establecido en las Reglas de Operación,

Cuando la Instancia Ejecutora o secretaria del bienestar, detecte incumplimiento en lo establecido en las Reglas de Operación, se podrá retener la entrega de los apoyos económicos que correspondan,

Respetando el derecho de audiencia de las personas derecho habientes afectadas, aplicando en lo conducente, los términos y disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Pero ahora, que pasa si me retienen el pago de la pensión del bienestar?

En caso de que la entrega de los apoyos económicos sea retenida, se detendrán temporalmente los depósitos y la entrega en efectivo. La retención se notificará bimestralmente a la persona derecho habiente o a su adulto auxiliar, señalando el motivo de la retención mediante un aviso visible que se fijará en un lugar accesible en el Módulo de Atención.

Cómo hago para que se reanuden los pagos de la pensión?

Deberás ponerte en contacto con el personal de la secretaria del bienestar que acude a los operativos de pago para solicitar la aclaración correspondiente y para lo cual te sugerimos que lleves la información comprobatoria de tu identidad y los pagos que te han efectuado con anterioridad.

Asimismo no debemos olvidar que de acuerdo a lo informado por la propia Secretaría del Bienestar toda irregularidad ocurrida con los pagos de la pensión para adultos mayores la puedes reportar a la línea del bienestar al 800 639 42 64 repetimos 800 639 42 64, para que te indiquen sin lugar a duda la razón por la cual te suspendieron los pagos y entonces realices a través de esta vía la aclaración pertinente.

Gracias por leernos, nos vemos hasta la próxima.


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Cuándo depositan la pensión del bienestar 2021

calendario de pagos de la pension del bienestar del adulto mayor

Una de las dudas más frecuentes de los pensionados del bienestar es acerca de cuando recibirán el dinerito de su pensión

Así que en esta publicación descubrirás información importante acerca de los depósitos de la pensión del bienestar

¿Cada cuando pagan la pensión del bienestar para los adultos mayores?

Bien lo primero que tienes que saber es que si bien en las reglas de operación se define el monto de la pensión por cantidad mensual, el gobierno de mexico a través de la secretaria del bienestar ha definido que el pago sea bimestral.

Quedando de la siguiente manera:

  • El primer bimestre corresponde a enero – febrero
  • El segundo bimestre corresponde a marzo – abril
  • El tercer bimestre corresponde a mayo – junio
  • El cuarto bimestre es el de julio – agosto
  • El quinto bimestre el de septiembre octubre será
  • Mientras que el sexto bimestre será el correspondiente al mes de noviembre – diciembre

Por tanto las fechan en las que paguen a las personas con la pensión del bienestar para adultos mayores serán la mismas en las que se les pague a las personas que tengan la pensión por discapacidad.

Porqué entonces hay 2 fechas de pago cada bimestre?

Básicamente porque el gobierno de méxico usa 2 grandes métodos de pago y se ocupa una fecha para pagar cada tipo de pago

Es decir que para las personas que tienen bancos cerca de su domicilio, entonces se ha definido pagarles por medio de la tarjeta bancaria de débito y entonces por lo regular se difunde una fecha especifica en la que dan la orden de liberar el pago a todos los pensionados con tarjeta del bienestar.

Sin embargo para las personas pensionadas que en el lugar de su domicilio no hay bancos cerca, se ha definido una estrategia de pago diferente, pues la secretaria del bienestar paga a traves de operativos de pago directamente en las comunidades donde viven los pensionados y los cuales se realizan durante un lapso de tiempo más amplio, por lo regular 15 dias.

Si el deposito o pago lo realizan bimestralmente cuando se han realizado el pago de los primeros biemestres del 2021?

Cabe mencionar que hasta el momento en el año 2021 ya se ha dispersado completamente el primer bimestre, pues se deposito el 15 de enero a la tarjeta del bienestar y se realizó el pago en comunidades del 16 al 30 de enero.

El segundo bimestre marzo – abril, para las personas con tarjeta ya les fue depositado el pasado 15 de marzo, mientras que para las personas sin tarjeta se les pagó durante la segunda quincena de marzo

El tercer bimestre en este caso tiene una situación peculiar, en principio tocaria el pago en una fecha posterior, sin embargo dado que cae en tiempos electorales y el gobierno no puede hacer ninguna implementación de programas sociales, entonces decidió adelantar el pago de la pensión a las mismas fechas que el segundo bimestre.

Por lo tanto el pago correspondiente al bimestre mayo – junio , para las personas que tienen tarjeta ya les fue depositado el pasado 15 de marzo, mientras que para las personas pensionadas que les pagan por medio de operativos de pago en su comunidad, esto se realizó ya en las comunidades durante la segunda quincena de marzo.

Cuando se realizaran los pagos correspondientes al 4to, 5to y 6to bimestres del 2021?

Cabe señalar que como tal la Secretaria del Bienestar no ha difundido un calendario de pagos, sino que lo va difundiendo y dando las fechas poco antes de cada biemestre de pago

Sin embargooooooooooooo si has observado, la secretaria del bienestar consistentemente ha mantenido una fecha para los pensionados que tienen su tarjeta bancaria y esta es al final de la primer quincena del bimestre correspondientes

por ejemplo el bimestre 1 lo pagaron el 15 de enero y el bimestre 2 lo pagaron el 15 de marzo

Por lo tanto nos atrevemos a inferir que muy probablemente las fechas de dispersión a los pensionados con tarjetas bancaria para los bimestres restantes, seran las siguientes:

4to bimestre julio – agosto lo pagaran hacia el 15 de julio del 2021

5to bimestre septiembre – octubre lo pagarán hacia el 15 de septiembre del presente año

mientras que el 6to bimestre noviembre – diciembre lo pagarán hacia el 15 de noviembre del 2021

Así mismo si observas de manera consistente a los pensionados que les pagan a través de operativos de pago en sus comunidades, estos se han realizado en la segunda quincena del primer mes de cada bimestre.

Por lo que nos atrevemos a inferir que muy probablemente las fechas en las que se realizaran dichos operativos de pago para los bimestres restantes del año, serán las siguientes:

operativo de pago para pagar en comunidades el 4to bimestre julio agosto, será en el transcurso de la segunda quincena de julio

el operativo de pago para pagar a los pensionados en su comunidad el 5to bimestre septiembre – octubre, se realizará en el transcurso de la segunda quincena de septiembre

mientras que el operativo en comunidades par pagar el ultimo bimestre será durante la segunda quincena de noviembre.

Hasta aquí con esta publicación, ahora ya sabes cuando han pagado y cuando probablemente pagaran los siguientes bimestres del 2021


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